Para la tramitación del EXPEDIENTE MATRIMONIAL debéis presentaros en la Parroquia de la NOVIA o en la Parroquia del NOVIO (la correspondiente a vuestro domicilio actual). Allí os dirán los pasos a dar.
Los que vivís en distinta diócesis, debéis tramitar lo que se llama "medio expediente". Cada novio tramita su expediente en la parroquia donde vive y posteriormente se juntan las dos partes en una de las parroquias, la del novio o la de la novia.
Todos estos trámites se inician unos seis meses antes de la boda.
PARA REALIZAR EL EXPEDIENTE DEBEIS APORTAR:
- PARTIDA DE BAUTISMO de cada uno de los novios.
Se pide en la Parroquia en que se fue bautizado. Su validez es de 6 meses. Aquellos que realizan el expediente en una diócesis distinta de aquella en la que están bautizados, deben legalizar en el Obispado correspondiente la partida de bautismo.
- LAS AMONESTACIONES o publicación de vuestros nombres en el tablón de anuncios de la parroquia donde vivís. La parroquia que lleva el expediente se encarga de solicitarlo.
- Un TESTIGO por cada contrayente. Mejor que no sea familiar. Ha de ser mayor de edad y aportar su D.N.I., copia u original. En caso de medio expediente se deben presentar DOS TESTIGOS por cada contrayente en cada una de las parroquias.
- FOTOCOPIA de la página DEL LIBRO DE FAMILIA correspondiente a cada novio, donde consta su nacimiento o en su defecto, CERTIFICADO DE NACIMIENTO.
- CERTIFICADO de asistencia al CURSILLO DE PREPARACION AL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO CRISTIANO.
Es norma en nuestra Diócesis de Madrid para todas las parejas de novios, la asistencia a este cursillo, como preparación previa para este acontecimiento tan importante en la vida de la pareja. Nuestra Parroquia os ofrece la posibilidad de hacerlos en ella de lunes a viernes de 21:00 a 22:30, la primera semana de cada mes, previa inscripción. Es posible hacerlos en cualquier otra parroquia.
Una vez finalizado el expediente, los mismos novios o alguien de la familia lo presentan en la Vicaría que les indiquen en la parroquia. Para nuestra parroquia de San Francisco de Sales en la VICARÍA VIII-NOROESTE, situada en la C/ General Yagüe, 23, de 10:30 a 14:00 h., de lunes a viernes. Allí os pedirán una tasa por la gestión administrativa del expediente. En la Vicara se guardan todos los documentos, excepto el que tenéis que firmar después de la boda. Ese documento es el que debéis hacer llegar, cuanto antes, a la Parroquia en la que os caséis.
La comunicación al REGISTRO CIVIL, para la inscripción en el mismo, se realiza mediante un impreso cuadruplicado que el párroco de la parroquia donde os casáis os dará en mano después de la celebración de la boda y que debéis presentar en los cinco días hábiles siguientes a la boda, situado en la C/ Pradillo, 66 de Madrid. Lo puede llevar cualquier persona de la familia. Uno de los ejemplares que pasáis por Registro Civil debe ser devuelto a la parroquia donde os hayáis casado.
Nota: En nuestra parroquia de San Francisco de Sales no aplicamos la exclusiva para los fotógrafos, pero si exigimos como condición indispensable para autorizarles que se entrevisten con el párroco antes del día de la boda en horas de despacho para que este pueda explicarles personalmente cómo deben actuar en la celebración.
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